Julio 03 de junio de 2025. El Consejo Directivo de Metlatonoc, solicitando la intervención de Gobernación regional para convocar a una mesa de dialogo con el cabildo municipal y su presidente Marvin Rojas Ramírez, con el propósito de firmar un convenio de colaboración entre la administración del H. Ayuntamiento y Empoderamiento de los Pueblos Originarios, A.C.
El Consejo Directivo de Metlatonoc, solicitando la intervención para una mesa de dialogo con el cabildo municipal y su presidente Marvin Rojas Ramírez, con el propósito de firmar un convenio de colaboración entre la administración del H. Ayuntamiento y Empoderamiento de los Pueblos Originarios, A.C.
El consejo Directivo de Metlatonoc Gro, solicitando alumnos de ingenieria civil para la elaboración de expedientes tecnicos para gestionar las obras y servicios en apoyo al desarrollo de las comunidades indígenas, a traves del convenio de colaboración Empoderamiento de los Pueblos Originarios, A.C.
Personal que labora en la biblioteca municipal de Tlapa de Comonfort Guerrero, hace la convocatoria a través de Empoderamiento de los Pueblos Originarios, A.C.
a las personas físicas o morales que tengan la voluntad de donar un libro puede hacerlo comunicarse al correo electrónico. pueblosoriginarios617@gmail.com
Personal que labora en la biblioteca municipal de Tlapa de Comonfort Guerrero, hace la convocatoria a través de Empoderamiento de los Pueblos Originarios, A.C.
a las personas físicas o morales que tengan la voluntad de donar un libro puede hacerlo comunicarse al correo electrónico. pueblosoriginarios617@gmail.com
Asistencia Social
LOS CONSTITUYENTES EN FUNCIONES DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ASOCIADOS,DESIGNAN A LAS SIGUIENTES PERSONAS QUE CONFORMARAN EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ASOCIACIÓN Y SU RESPECTIVO CARGO:
Luis Baltazar Cuate, Presidente y Representante Legal.
Secretaria General.
Tesorero.
SE APRUEBAN LOS ESTATUTOS DE EMPODERAMIENTO DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS, ASOCIACIÓN CIVIL.
SE AUTORIZA AL C. LUIS BALTAZAR CUATE. PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ASOCIACIÓN.
La Asociación es una organización sin fines de lucro que tiene como beneficiarios en todas y cada una de las actividades asistenciales que realiza a personas, sectores y regiones de escasos recursos; comunidades indígenas y grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad y tiene por objeto realizar las siguientes actividades:
I.- La atención a requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido o vivienda.
II.- La asistencia o rehabilitación médica o a la atención en establecimientos especializados.
III.- La asistencia jurídica, el apoyo y promoción, para la tutela de los derechos de los menores, así como para la readaptación social de personas que han llevado a cabo conductas ilícitas.
V.- La rehabilitación de alcohólicos y fármaco dependientes.
V.- La ayuda para servicios funerarios.
VI.- Orientación social, educación o capacitación para el trabajo. Entendiendo por orientación social la asesoría en materias tales como la familia, la educación, la alimentación, el trabajo y la salud.
VII.- Apoyo para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas.
VIII.- Aportación de servicios para la atención a grupos con discapacidad.
IX.- Fomento de acciones para mejorar la economía popular. -
X.- Impartir enseñanza en los niveles: jardín de niños, primaria, secundaria, bachillerato, licenciatura, con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación
XI.- La protección, conservación, restauración y recuperación del patrimonio cultural de la nación, en los términos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y la Ley General de Bienes Nacionales; así como el arte de las comunidades indígenas en todas las manifestaciones primigenias de sus propias lenguas, los usos y costumbres, artesanías y tradiciones de la composición pluricultural que conforman el país.
XII.- La instauración y establecimiento de bibliotecas que conformen parte de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas de conformidad con la Ley General de Bibliotecas.
XIII.- El apoyo a las actividades y objetivos de los museos dependientes del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes.
XIV.- Otorgar becas para realizar estudios en instituciones de enseñanza que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación o, cuando se trate de instituciones del extranjero éstas, estén reconocidas por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, las cuales se otorgarán mediante concurso abierto al público en general y se asignarán con base en datos objetivos relacionados con la capacidad académica del candidato.
XV.- Promover entre la población la prevención y control de la contaminación del agua, del aire y del suelo, la protección al ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico.
XVI.- La promoción de la participación organizada de la población en las acciones que mejoren sus propias condiciones de subsistencia en beneficio de la comunidad o en la promoción de acciones en materia de seguridad ciudadana.
XVII.- Apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos.
XVIII.- Cívicas, enfocadas a promover la participación ciudadana en asuntos de interés público.
XIX.- Promoción de la equidad de género.
XX.- Apoyo en el aprovechamiento de los recursos naturales, la protección del ambiente, la flora y la fauna, la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la promoción del desarrollo sustentable a nivel regional y comunitario, de las zonas urbanas y rurales.
XXI.- Promoción y fomento educativo, cultural, artístico, científico y tecnológico.
XXII.- Participación en acciones de protección civil.
XXIII.- Prestación de servicios de apoyo a la creación y fortalecimiento de organizaciones que realicen actividades objeto de fomento en términos de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
XXIV.- Promoción y defensa de los derechos de los consumidores.
XXV.- Apoyo a proyectos de productores agrícolas y de artesanos, con ingresos en el ejercicio inmediato anterior de hasta 4 veces el valor anual de Unidad de Medida y Actualización, que se ubiquen en las zonas con mayor rezago del país de acuerdo con el Consejo Nacional de Población y que cumplan con las reglas de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria.
XXVI.- Apoyar económicamente las actividades de personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del impuesto sobre la renta.
XXVII.- Realizar obras o servicios públicos que efectúen o deban efectuar la Federación, Entidades Federativas o Municipios, previo convenio de colaboración con las mismas, enfocadas a las siguientes actividades de desarrollo:
a) Las actividades cívicas de promoción y fomento de la actuación adecuada por parte del ciudadano dentro de un marco legal establecido, asumiendo sus responsabilidades y deberes en asuntos de interés público, siempre que no impliquen o conlleven acciones de proselitismo electoral, índole político partidista o religioso.
b) El agrupar, representar, prestar servicios y apoyo a organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles.
c) Las actividades destinadas a la prevención, el auxilio o la recuperación de uno o más miembros de la población ante la eventualidad de un desastre o siniestro.
Para efectos de cumplir el objeto social enunciativa y no limitativamente la Asociación podrá realizar:
I.- Adquirir por cualquier título derechos literarios o Artísticos, relacionados con su objeto.
II.- Obtener por cualquier título, concesiones, permisos autorizaciones o licencias, así como celebrar cualquier clase de contratos, relacionados con el objeto anterior, con la administración pública sea Federal o Local.
III.- Emitir, girar, endosar, aceptar y suscribir toda clase de títulos de crédito, sin que constituyan una especulación comercial.
V.- Conferir toda clase de mandatos.
VI.- adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos reales y personales relacionados con su objeto y para ser destinados al desarrollo del mismo.
VII.- Contratar al personal necesario para el cumplimiento del objeto social.
VIII.- La organización de cursos, seminarios, pláticas o cualquier evento similar relacionado con su objeto social.
IX.- Concientizar a la persona sobre la importancia de dar tiempo y esfuerzo en la búsqueda de una mejoría de la calidad de vida a través del voluntariado.
X.- Solicitar y obtener recursos materiales o económicos de personas, organizaciones, fundaciones y organismos públicos y privados, para la relación de proyectos de la Asociación encaminados a cumplir con el objeto social.
XI.- Obtener de los particulares, organismos no gubernamentales o instituciones oficiales y privadas, nacionales o internacionales, la cooperación técnica y económica que requiera el desarrollo del objeto social.
XII.- Celebrar convenios de colaboración con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales para el cumplimiento de su objeto social.
La Asociación Civil no persigue fines de lucro y las actividades que tendrán como finalidad primordial el cumplimiento de su objeto social, por lo que no podrá intervenir en campañas políticas ni en actividades de propaganda.
En el primer congreso nacional de Empoderamiento de los Pueblos Originarios, A.C.
Luis Baltazar Cuate, Presidente de la Asociación Civil, E.P.O. A-C. Acompañó a agricultores de la cañada a solicitar se pongan bíodigestores o plantas tratadoras de las aguas residuales que desenbocan al rio tlapaneco y pasa dañando Alpoyeca y Huamuxtitlán.
Las Mujeres Savi Yoko, Gestionaron hilos y estambres para hacer sus blusas y vestidos a tejidos y bordados a mano.